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    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2016-RCA

    Fecha: 27-Ene-2016

    Fragmento 2


    Por memorial presentado el 6 de julio de 2015, cursante de fs. 134 a 142, los accionantes manifestaron que adquirieron un bien inmueble de los vendedores Julia, Rosalía, Mery, Marina, Gabino y René todos de apellido Endara, “…ubicado en la calle Los Andes esq. Tarapacá Nº 989” (sic), de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz.

    • Fragmento 1
    • Fragmento 2
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • la Comisión de Admisión mediante auto confirmará la improcedencia o determinará la admisión de la acción devolviendo el expediente a la Jueza, Juez o Tribunal de Garantías remitente para la tramitación del proceso
    • II.2.
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • SE TIENE POR NO PRESENTADA

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