Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2016-RCA
Fecha: 27-Ene-2016
I.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela declarando la revocatoria de las Resoluciones 928/2014, 230/2014 y 133/2014; y, se declaren nulos de pleno derecho los actos administrativos de los funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, además de todo el proceso instaurado contra ellos y se inicie uno nuevo. Como medida cautelar requirieron la paralización de cualquier acto que afecte a su inmueble.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la Comisión de Admisión mediante auto confirmará la improcedencia o determinará la admisión de la acción devolviendo el expediente a la Jueza, Juez o Tribunal de Garantías remitente para la tramitación del proceso
- II.2.
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- SE TIENE POR NO PRESENTADA