El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0011/2016-S1 de 6 de enero, por lo que emite el presente voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Fecha: 06-Ene-2016
Fragmento 10
Harold Maicol Arias Durán alega que dentro del proceso penal seguido en su contra y la de otros, por la presunta comisión de los delitos de asesinato y encubrimiento, las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso en su componente legalidad procesal; porque los jueces del Tribunal de Sentencia Penal de San Borja a través del Auto Interlocutorio 25/2015, dispusieron no llevar a cabo un nuevo juicio, sino complementar la Sentencia 005/003, con el fundamento de que, ni la SC 2056/2010-R o el Auto de Vista 018/2011, anulaban el fallo cuestionado; vulnerando así lo establecido en los arts. 169, 370, 413 y 414 del CPP, desconociendo que, el Auto Supremo 354 de 7 de noviembre de 2008 y el Auto de Vista antes citado, especifican que se tiene que realizar un nuevo juicio oral y no una complementación de la Sentencia ya mencionada, disponiendo el reenvío y la realización de un nuevo juicio por otras autoridades judiciales.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCAR
- II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- II.2.Derecho de acceso a la justicia
- la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de manera reiterada ha dejado establecido que
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- II.3.2.
- 1)
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- i)
- II.4.1. Con relación a los fundamentos expuestos en la Sentencia Constitucional Plurinacional motivo de la disidencia
- II.4.2. Del caso analizado
- desarrollar un justo y debido proceso con nuevos jueces ciudadanos