Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0011/2016-S1 de 6 de enero, por lo que emite el presente voto disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Fecha: 06-Ene-2016
REVOCAR
La SCP 0011/2016-S1 de 6 de enero, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 026/2015 de 14 de agosto, cursante de fs. 473 a 477 vta., pronunciada por la Sala Civil, Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCAR
- II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- II.2.Derecho de acceso a la justicia
- la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de manera reiterada ha dejado establecido que
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- II.3.2.
- 1)
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- i)
- II.4.1. Con relación a los fundamentos expuestos en la Sentencia Constitucional Plurinacional motivo de la disidencia
- II.4.2. Del caso analizado
- desarrollar un justo y debido proceso con nuevos jueces ciudadanos