SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2016-S2
Fecha: 18-Ene-2016
concedió en parte
El Tribunal Decimo Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución 2 de 6 de agosto 2015, cursante de fs. 42 a 45 vta., concedió en parte la tutela solicitada y ordenó que Ana Gloria Rojas Flores, Jueza Decima de Instrucción en lo Penal, remita la apelación incidental a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el término de veinticuatro horas; y, denegó la tutela respecto a Norma Catón Janco, Secretaria del mismo Juzgado, decisión asumida con el argumento de que: a) la Jueza demandada no remitió dentro del plazo establecido por ley la apelación incidental; y, b) La funcionaria Secretaria es de apoyo jurisdiccional como los auxiliares y oficiales de diligencias, no dirimen los procesos judiciales, no tiene facultad para resolver ni sustanciar procesos, es decir, disponer la remisión o no de una apelación incidental, únicamente tuición de la autoridad titular del juzgado, sin embargo, la Jueza demandada no estableció el debido control para que se eleve el cuaderno procesal ante el Tribunal de alzada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias
- III.2. La celeridad en la administración de justicia
- III.3. La dilación en la remisión del recurso de apelación de resoluciones que rechazan solicitudes de cesación de detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte