SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

denegó

La Sala Civil Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 465/2015 de 8 de septiembre, cursante de fs. 224 a 226, denegó la tutela peticionada con los siguientes fundamentos: i) Los apoderados del SENASIR reclamaron básicamente, que las autoridades demandadas incurrieron en violación al debido proceso en su componente a la debida y congruente fundamentación, valoración de la prueba, porque resolvieron el recurso de casación formulado por la mencionada institución, interpretando y aplicando indebidamente la ley, sin observar las normas legales aplicables al caso, fundamentalmente lo dispuesto en el art. 14 del DS 27543, cuando no resultaría aplicable para el caso de certificación de compensación de cotizaciones; ii) El Tribunal Constitucional Plurinacional estableció en la SCP 0994/2014 de 25 de febrero, aplicable al caso, que el SENASIR tiene la obligación de garantizar una jubilación digna a través del reconocimiento real del tiempo de servicios; y, iii) Al estar reconocido la eficacia probatoria de las planillas de pago, finiquitos certificados que permitan verificar el tiempo real de servicios o calificación de años de servicio presentados por el asegurado por los arts. 14 del DS 27543 y 1296.I del CC, corresponde el reconocimiento de los años de trabajo del asegurado.