Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
Fragmento 12
Los accionantes alegan la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción, debido a su ilegal aprehensión por funcionarios policiales de la FELCC, que sin ninguna orden emanada de autoridad competente, ante la denuncia de un supuesto robo de garrafas y otros, se apersonaron a su domicilio, y fueron aprehendidos y trasladados a celdas policiales, sin que tampoco exista flagrancia alguna que justifique dicho acto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR