Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
Iván Zambrana Fernández, funcionario policial de la FELCC, en audiencia manifestó que recibió la denuncia de robo por la sustracción de garrafas, un televisor y un DVD, por lo que se movilizaron y “…hemos vuelto a caer donde siempre dejan cosas robadas…” (sic), además cuenta con declaraciones de los vecinos del lugar y efectuando la posterior operación, se recuperó una garrafa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR