SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

i)

Rafael Padilla Amestoy, Juez Cuarto de Instrucción de Familia del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito cursante de fs. 124 a 125, señalando que: i) Respecto al principio de subsidiariedad, se planteó dentro el proceso que motiva la presente acción un incidente de nulidad que se encuentra en proceso de trámite por tanto pendiente de resolución, cuya finalidad es dejar sin efecto el mandamiento de apremio expedido; es decir, idéntico fin a esta acción constitucional; ii) La liquidación que se pretende ejecutar corresponde al 2 de julio de 2015, que origina la emisión del mandamiento que es cuestionado y no así la liquidación anterior de 28 de octubre de 2015; iii) Se siguió el procedimiento determinado por el art. 415 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ya que una vez presentada la liquidación por parte de la demandante del proceso de asistencia familiar se puso en conocimiento del ahora accionante, notificándole en su domicilio procesal señalado, mismo que no es observado, ante ello y a previa solicitud de parte se aprueba la referida liquidación y se intima al obligado -ahora accionante- a pagar, bajo alternativa de expedirse mandamiento de apremio, el cual también fue notificado al accionante, al no haberse cumplido, se dispuso la emisión del mandamiento mencionado a pedido de parte; y, iv) Se actuó conforme a normativa y en aplicación al principio rector de interés superior del menor, tomando en cuenta además que la obligación de asistencia familiar es de interés social y su cumplimiento no puede diferir por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad.