SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

toda vez que, al ser la mercancía comisada un producto perecedero (harina) con fecha de vencimiento 12 de diciembre de 2015, plantearon de forma directa la presente acción de amparo constitucional, acogiéndose a la excepción al principio de subsidiariedad; sobre el particular, la jurisprudencia constitucional, a través de diferentes fallos, estableció que en los casos en los cuales se encuentren involucrados productos que por su naturaleza sean perecederos, se debe realizar la excepción del principio de subsidiariedad, a fin de que no se produzca un daño irreparable, lo que conlleva a que no se plantee los recursos previstos por ley, y se pueda acudir de forma directa a la instancia constitucional en busca de tutela.

En el caso concreto, se establece que los accionantes no hicieron uso de los medios de impugnación establecidos en el Código Tributario Boliviano, como son los recursos de alzada y jerárquico; toda vez que, al ser la mercancía comisada un producto perecedero (harina) con fecha de vencimiento 12 de diciembre de 2015, plantearon de forma directa la presente acción de amparo constitucional, acogiéndose a la excepción al principio de subsidiariedad; sobre el particular, la jurisprudencia constitucional, a través de diferentes fallos, estableció que en los casos en los cuales se encuentren involucrados productos que por su naturaleza sean perecederos, se debe realizar la excepción del principio de subsidiariedad, a fin de que no se produzca un daño irreparable, lo que conlleva a que no se plantee los recursos previstos por ley, y se pueda acudir de forma directa a la instancia constitucional en busca de tutela.