SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

II.4.

II.4.    A través de Auto de 4 de junio de 2014, el Juez de Partido de Familia del departamento de Pando, dispuso la división y partición de los siguientes bienes: a) Para Betty Ibáñez Irahola el bien inmueble ubicado en la avenida 9 de febrero, con una extensión de superficie de 600 m², el 50% del valor económico de una línea telefónica evaluada en $us1400.- (mil cuatrocientos dólares estadounidenses) y la suma de $us68 890,06.- (setenta y ocho mil ochocientos noventa 06/100 dólares estadounidenses), pago que deberá efectuar el accionante por concepto de diferencia de los bienes inmuebles; y, b) Para Rolando Juan Apaza Achacollo el bien inmueble ubicado en la avenida Internacional, la línea telefónica 842-3412 de la Cooperativa de Telecomunicaciones Cobija Ltda., evaluado en $us1400.-, debiendo pagar la diferencia tanto de la línea telefónica, como del bien inmueble que se le asignó en el plazo de sesenta días computable a partir de la ejecutoria de la citada Resolución (fs. 39 a 41 vta.).