SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a los principios de igualdad, legalidad y verdad material, debido a que dentro de la ejecución de sentencia de divorcio su excónyuge solicitó división y partición de bienes, lo que dio lugar a que el Juez de Partido de Familia del Departamento de Pando, pronuncie el Auto de 4 de junio de 2014, donde sin tomar en cuenta que no se pusieron de acuerdo en la forma de distribución de los bienes y menos se procediera al sorteo que debía realizarse ante ese hecho, ordenó la división de los bines gananciales de forma ilegal y arbitraria, razón por la cual presentó recurso de apelación por las incongruencias planteadas; sin embargo, a través del Auto de Vista 65 de 16 de julio de ese mismo año, los Vocales confirmaron dicha decisión, en virtud a lo cual planteó incidente de nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo con relación a la división y participación; empero el Juez de la causa rechazó dicho incidente con costas, debido a que Rolando Juan Apaza Achacollo ejerció su derecho a la defensa en todas las instancias, es así que nuevamente presentó recurso de apelación contra ese rechazo el cual derivó en el Auto de Vista 133 de 18 de noviembre de 2014, donde los Vocales hoy demandados confirmaron dicha decisión, incumpliendo su deber de revisar el proceso, limitándose a realizar un análisis fáctico del recurso de apelación e indicando que no puede existir revisión de un proceso que goza de carácter de cosa juzgada.