SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2016-S3

Fecha: 08-Ene-2016

a)

Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) La nulidad inmediata del Auto de Vista 07/15 de 19 de marzo de “2014” -lo correcto es 2015-; b) Se dicte una nueva resolución conforme los lineamientos jurisprudenciales de fundamentación y motivación; c) Que la “…resolución de alzada sea dictada por la misma juez en suplencia legal o en su caso se remita al Juzgado habilitado en origen de Camiri (…) donde existe nueva autoridad en dicho despacho, el cual está exenta de la recusación inicialmente formulada” (sic); d) Se deje sin efecto todos los actuados posteriores de la vulneración proveniente de la Resolución recurrida; y, e) Se establezca “…Responsabilidad si es que corresponde por la Omisión del Deber de Fundamentación conforme el Art. 188 y 90 del C.P.C.” (sic).