SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2016-S1

Fecha: 29-Ene-2016

III.6.2.   Sobre los derechos denunciados

En cuanto a los demás derechos señalados como vulnerados el accionante no acreditó que efectivamente los mismos hubieran sido quebrantados pues como se explicó si no se encontraba de acuerdo con el monto arrojado sobre el valor del inmueble en el informe pericial, debió objetar el mismo en su momento y no ahora mediante la interposición de la acción de amparo constitucional la cual como ya se indicó líneas más arriba no puede entrar a revisar ninguno de los actuados ya sean judiciales o administrativos presentados en el proceso de referencia, por lo que, no corresponde dejar sin efecto el embargo realizado sobre el inmueble de propiedad de la empresa Hotelera Nacional S.A., aclarando que el mismo se realizó sobre un monto provisional; y mucho menos disponer la suspensión del procedimiento de adjudicación directa y posterior remante en subasta pública del mencionado inmueble.

Adicionalmente se evidenció la existencia de terceros interesados que pudieran tener intereses dentro del proceso de ejecución tributaria que se realiza y que si bien no le corresponde a este Tribunal tutelar derecho alguno que pudieran tener, sí es necesario recomendar a la Administración Tributaria y en especial a la Gerencia GRACO La Paz, a proceder conforme dicta la norma tributaria precautelando los intereses tanto de los contribuyentes como del mismo Estado en sus diferentes instancias y reparticiones.