SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2016-S3

Fecha: 18-Ene-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante en audiencia, ratificó el contenido y petitorio del amparo constitucional interpuesto y ampliándolo expresó que tanto el Tribunal de apelación como el de casación no valoraron los documentos presentados por la tercera interesada ni tomó en cuenta las observaciones que hizo la entidad hoy accionante, mismas que no fueron subsanadas correctamente; la justicia constitucional, excepcionalmente puede ingresar a la valoración aportada en la vía ordinaria cuando exista un apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad permisibles; y en este caso, los Tribunales ordinarios decidieron sobre documentos que no se encontraban correctamente acreditados, con vicios de nulidad ya sea en firmas o sellos, vulnerando el derecho al debido proceso, saltando el cumplimiento de procedimientos y normativas que regulan los trámites para la compensación de cotizaciones en el procedimiento manual.