SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

siempre que se trate de la realización  de labores propias al giro de la empresa,

Este Tribunal respecto a tareas propias y permanentes y las relaciones laborales a plazo indefinido a partir de la SC 0109/2006-R de 31 de enero, estableció que: “…tratándose de contratos a plazo fijo, también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado o éste fue contratado en más de dos oportunidades sucesivas, siempre que se trate de la realización  de labores propias al giro de la empresa, por lo que el cumplimiento del término pactado no constituye ipso facto la culminación de la relación laboral” (las negrillas nos pertenecen).