Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de motivación, fundamentación y congruencia, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a ser oído, a la “posesión” y “su derecho propietario”, citando al efecto los arts. 24, 56.I, 115 y 119.II, de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el imputado Gerson Humberto Ugarte Maure, al interponer excepción falta de acción, y no haber sido reservada en audiencia conclusiva de 17 de Noviembre de 2014, este se encontraría precluido
- la primera parte del Art. 399 del Cdgo. de Pdto. Penal es APLICABLE ÚNICAMENTE A LA APELACIÓN RESTRINGIDA y no así a la apelación incidental, el recurrente tiene la obligación de dar cumplimiento al Art. 404 del Cdgo. de Pdto. Penal”
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR