SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de septiembre de 2013, ingresó a trabajar a la entidad “ORGÁNICA DEL SUR” S.R.L., como embazador de papas fritas, nachos, bolitas de queso, tocitos y cereales, cumpliendo tales funciones por más de un año en forma continua, permanente y con un salario mensual de Bs2400.- (dos mil cuatrocientos bolivianos), hasta que el 29 de diciembre de 2014, su empleadora -ahora demandada- dispuso su despido de forma intempestiva y sin causa justificada, impidiéndole el ingreso a su fuente laboral.

Ante dicha arbitrariedad y con la finalidad de agotar instancias previas, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, solicitando su reincorporación, instancia que convocó a diferentes audiencias de conciliación, y ante la inasistencia de la empleadora -hoy demandada-, emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 10/2015 de 9 de febrero, conminándola a disponer su reincorporación, quien fue notificada con dicha determinación; sin embargo, tal como se advierte del informe MTEPS/JDTCBBA/INF 301/2015 de 4 de marzo, la citada orden fue desobedecida.