Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2016-S3

    Fecha: 28-Ene-2016

    II.4.

    II.4.  Por memorial presentado el 1 de junio de 2015, el adjudicatario solicitó a la autoridad ahora demandada, la notificación a todos los posibles habitantes, y mandamiento de desapoderamiento con ruptura de candados y lanzamiento (fs. 7), el que fue resuelto mediante proveído de 2 de igual mes y año, disponiéndose la notificación a posibles ocupantes del inmueble otorgándoles el plazo de diez días para le entrega del mismo (fs. 8).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • siempre y cuando no exista otro medio legal para ello.
    • Que conforme lo ha señalado este Tribunal, la subsidiariedad del amparo constitucional debe ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • la oposición suscitada por los hoy accionantes, fue rechazada
    • 1)
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca