Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al trabajo de las personas con discapacidad, señalando que fue destituido de su fuente de trabajo por su supuesta inasistencia injustificada, sin tomar en cuenta que la misma se debió a las sesiones que realiza para su rehabilitación de la discapacidad física-motora del 33%, que fue ocasionada por un accidente de trabajo; por lo que, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Tarija que expidió conminatoria de reincorporación, la misma que no fue cumplida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- por los meses de enero, mayo, junio, julio, agosto 2.015 y/o hasta la fecha
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1
- 3)En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- III.1.2. Alcance de las conminatorias de reincorporación en la jurisdicción constitucional. Presupuesto de inejecutabilidad
- III.1.3. Presupuesto de inaplicación de la inamovilidad laboral ante un despido emergente de un proceso interno
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR