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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2016-S3

    Fecha: 28-Ene-2016

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    La accionante a través de su abogado, señaló que a raíz de haber conocido la demanda de amparo constitucional, el ahora demandado recién tomó la decisión de reincorporarla a su fuente de trabajo, por medio del memorando de reincorporación de 8 de septiembre de 2015, siendo que el despido se produjo el 6 de julio del mismo año, existiendo vulneración a los derechos denunciados.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • declaró improcedente
    • II.2.
    • II.6.
    • radica básicamente en el hecho de que la resolución o acto de la autoridad o particular denunciado de ilegal, por su voluntad o por mandato de otra autoridad superior, hubiere quedado sin efecto antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar
    • III.2. De la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y padres progenitores
    • acogerse a la inamovilidad laborar o solicitar su reincorporación
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • para ser válida como causal de improcedencia, debe producirse antes de la notificación a la parte demandada con la presente acción
    • el pago de salarios, no puede operativizarse a través de ésta justicia constitucional,
    • REVOCAR

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