AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2016-RCA

Fecha: 13-Oct-2016

i)

La accionante manifestó los siguientes aspectos. i) Del contenido del memorial de acción tutelar, aclaración y los actos expuestos, es evidente que solicita retomar el cargo de maestra que venía desempeñando, así como la restitución de sus horas de acúmulo, como resultado de dicha restitución se procederá con la nulidad del memorando que deja en acefalía las mencionadas horas, además del pago de sus honorarios devengados; ii) Envió cartas y solicitudes desde el 24 de agosto de 2015, dirigidas a la Dirección Departamental de Educación de La Paz, tal cual consta en la documentación adjuntada. Fue así que esperó resolver su situación en sede administrativa, agotando todas las instancias. Inclusive pidió la emisión de una resolución administrativa; sin embargo, dicha Dirección no emitió ninguna, solo le entregó una carta el 27 de mayo de 2016, constituyéndose la misma en la última actuación administrativa, debiendo computarse a partir de esa fecha el plazo de seis meses previstos por la norma constitucional; y, iii) Presentó profusa documentación a la presente acción, donde se evidencian las reiteradas cartas y memoriales que envió tanto a la Dirección Departamental de Educación de La Paz, como al Ministerio de Educación, donde se apersonó desde el primer día en que sufrió la violación a sus derechos, intentando agotar la vía administrativa, hasta la emisión de la carta de respuesta de la señalada Institución, por la cual le manifestaron que simplemente cumplían con una resolución ministerial, sin haber iniciado en su contra proceso disciplinario alguno, situación que según la accionante hace viable la aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad.