AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2016-RCA
Fecha: 13-Oct-2016
Fragmento 10
Respecto al cumplimiento del decreto emitido por el Tribunal de garantías se tiene que, los accionantes el 13 de septiembre de 2016 (fs. 204 a 208), presentaron memorial de subsanación, expresando sus generales de ley y la persona jurídica contra la cual interponen esta acción tutelar; el acto ilegal y atentatorio a los derechos que alegan como vulnerados son las Resoluciones de los recursos de revocatoria y jerárquico, que desembocaron en la emisión de los memorandos de destitución laboral, sin considerar la inexistencia de causal para instaurar el proceso administrativo contra los ahora accionantes, y que la última resolución de aclaración no fue notificada de forma personal a los mismos, razón por la cual las autoridades demandadas omitieron pronunciarse sobre los aspectos denunciados, tampoco valoraron las pruebas presentadas referentes a la utilización del espacio del Circo que era un espacio municipal autorizado por el Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos. Asimismo señalaron que la documentación que cursa en su poder se adjuntó al expediente, cuya legalización corresponde al personal autorizado del SEDCAM La Paz y los originales del proceso administrativo se encuentran en poder de la mencionada institución. Respecto a la nulidad solicitada, argumentan que el proceso administrativo contiene una serie de irregularidades que lesionan los derechos invocados en la presente acción de amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- Fragmento 10
- CONFIRMAR