Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2016-RCA
Fecha: 13-Oct-2016
Fragmento 4
Solicita se conceda la tutela, “…disponiendo la nulidad de obrados del Proceso Administrativo Interno hasta el vicio más antiguo es decir, inclusive hasta el Auto Inicial del Proceso Interno 03/2015…” (sic); en consecuencia, “dejar sin efecto los memorándums GADLP/SEDCAM/DIR/RR.HH-013/2016 y GADLP/SEDCAM/DIR/RR.HH-013/2016…” (sic), con la consiguiente restitución a sus fuentes laborales, más el pago de sueldos devengados y demás derechos sociales; sea con costas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- Fragmento 10
- CONFIRMAR