SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Copacabana del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 038/2016 de 18 de junio, cursante de fs. 27 a 31, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) El plazo establecido para la duración de la etapa preparatoria comienza a correr desde la última notificación con la imputación al o los denunciado hasta la notificación al Fiscal de Materia con la conminatoria para la presentación de la acusación o sobreseimiento; y, como consecuencia de su incumplimiento procede la extinción de la acción penal, pero no como lo interpretó la accionante; ii) Los constantes incumplimientos de plazos procesales atribuibles al Ministerio Público, no constituyen ilegal persecución o indebido procesamiento que atenten su derecho a la libertad sino retardación de justicia; con relación a ello, el art. 135 del Código de Procedimiento Penal (CPP), establece vías para solicitar sanción a las vulneraciones procesales incurridas por dilación; iii) La impetrante de tutela indicó que frente al incumplimiento de plazos legales interpuso recursos procesales pertinentes que aún se encuentran pendientes de resolución; el ineficiente control jurisdiccional no es suficiente que sea sancionado dejándose sin efecto la imputación sino utilizándose vías de objeción, como los incidentes establecidos por los arts. 5, 167 y 169 del CPP y los recursos para la protección de sus derechos y garantías vulnerados; y, iv) La solicitante de tutela, no probó los argumentos de su demanda tutelar con la presentación de prueba idónea y pertinente, solo afirmó el incumplimiento de plazos procesales para la presentación de la imputación formal; tampoco fundamentó adecuadamente los hechos fácticos que supuestamente vulneraron sus derechos y garantías.