SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

II.1.

II.1.    El 20 de octubre de 2014, mediante Resolución 58/2014, el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Copacabana –ahora demandado–, declaró improcedente la excepción de incompetencia en razón de materia y conminó al Ministerio Público cumplir con las normas procesales, debiendo presentar la imputación formal o el rechazo de denuncia en el plazo de cinco días computables a partir de su legal notificación, bajo alternativa de oficiarse al Fiscal Departamental de La Paz, por incumplimiento de plazos procesales; diligencia llevada a cabo el 7 de noviembre del citado año (fs. 1 a 2; y, 3 vta.).