SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva; a la propiedad agraria; al debido proceso en sus componentes de aplicación objetiva del ordenamiento jurídico, defensa y motivación de las decisiones; y a la igualdad en la aplicación de la ley, al emitir la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 01/2016, declarando nulo el título ejecutorial PPD-NAL-127554, decisión que resulta ilegal y arbitraria porque no se consideró que cumplió con la función económica social, no se tomó en cuenta los fundamentos de su defensa, ni se valoró las pruebas aportadas por su parte dentro de la citada demanda.
De la revisión y compulsa de los antecedentes que hacen a esta acción tutelar se tiene presente que se extendió en favor de Germán Colque Flores, hoy accionante, título ejecutorial PPD-NAL-127554, sobre una superficie de 0,3969 ha, correspondiente a un predio de la zona Mallco Chapi, ubicado en la orilla del rio Viloma, registrado en la oficina de DD.RR. de Quillacollo bajo la matrícula computarizada 3.09.20.0000335, en contra del cual Margarita Patricia Zurita Soto, interpuso demanda de nulidad ante el Tribunal Agroambiental, el que a través de su Sala Primera por Sentencia Agroambiental Nacional S1a 01/2016, declaró probada dicha demanda y en consecuencia dejó sin efecto legal el título ejecutorial antes referido, disponiéndose que en ejecución de fallo se expida la provisión ante la señalada oficina de DD.RR. para que se proceda a la cancelación de la partida y el registro correspondiente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías, que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional brinda a los bolivianos, como la acción de libertad, de protección de privacidad, popular, de cumplimiento, etc.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR