SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2016-S1
Fecha: 18-Oct-2016
II.1.
II.1. El 24 de febrero de 2014, en el proceso penal de acción directa seguido por Eladia Callisaya Torrejón y Marina Juana Mamani Callisaya contra Arturo Mamani Guanca, Celso Siñani Huanca, Benita Cruz Canaviri y Joaquín Huaycho Saire, por la comisión de los delitos de despojo, usurpación agravada, apropiación indebida y daño simple; el “Juez Primero de Partido y Sentencia de la ciudad El Alto” (sic), por Resolución 02/2014, dictó Sentencia condenatoria, declarando a los acusados mencionados autores y culpables de la comisión de los delitos de despojo y daño simple; asimismo, absueltos por los delitos de usurpación agravada y apropiación indebida. Resolución que fue confirmada mediante Auto de Vista 73/2014 de 29 de septiembre (fs. 316 a 347 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la fundamentación y motivación que debe contener las resoluciones judiciales
- III.4.De la excepción de litispendencia
- III.5.Análisis del caso concreto
- 2° CONCEDER