SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2016-S1

Fecha: 18-Oct-2016

III.5.Análisis del caso concreto

Antes de ingresar a analizar la problemática planteada, cabe establecer que el análisis se limitará al examen de la Resolución de alzada; ello, debido a que los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, son llamados a revisar de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia las Resoluciones emitidas por los jueces en primera instancia, marco dentro del cual corresponde pronunciarse directamente sobre la Resolución de segunda instancia, pues, ella tiene la facultad de analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en los que pudieran haber incurrido los jueces de menor jerarquía.

En ese sentido, es preciso señalar que dentro del proceso penal de acción privada, seguido por Benita Cruz Canaviri por sí y en representación legal de Joaquín Huaycho Saire contra Primitivo Mamani Condori y Eladia Callisaya Torrejón por los delitos de despojo, usurpación agravada y daño simple, que se ventila en el Juzgado de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz; por Resolución 05/2015, se declaró probada la excepción de litispendencia e improbadas las acciones de falta de acción y prejudicialidad, disponiéndose que se remitan las actuaciones al “Juez Cuarto de Partido y Sentencia de El Alto” (sic), excepción que fue interpuesta por la parte acusada.

Ante ello, los ahora accionantes considerando que fueron lesionados sus derechos constitucionales, interpuso la presente acción de defensa impugnando las dos resoluciones, tanto de primera y segunda instancia, con la argumentación que dichos fallos judiciales, fueron pronunciados sin contar con la fundamentación suficiente y pertinente, que no se efectuó una valoración razonable de la prueba aportada ni se expuso los motivos de manera objetiva que sustenten la decisión asumida.