Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.
II.2. Mediante nota OF.DG.ESFM “MS” 140/2016, del 8 de marzo, Crispín Ticona Ayaviri, Director General de la Escuela Superior de Formación de Maestros “Mariscal Sucre”, respondiendo al memorial de 7 del mismo mes y año, manifestó estar extrañado por una suposición de inhabilitación, pero que no puede manifestarse sobre el tema hasta tanto exista una respuesta oficial de la cartera de Estado pertinente, y siendo un proceso transparente, la solicitante debe esperar esta respuesta oficial, que hará conocer la situación con relación a su participación en el proceso de compulsa (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- ñandereko
- celeridad
- o de persona individual o colectiva
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- Fragmento 16
- el hecho que el mismo sea un vehículo para el ejercicio de otros derechos que requieren de la información o la documentación solicitada para su pleno ejercicio, la respuesta solicitada debe ser formal y pronta, dando respuesta material a lo solicitado
- III.4. El derecho a la defensa
- CONFIRMAR