SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

1)

Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, a través de su apoderado y abogado, en audiencia, informó lo siguiente: 1) Anteriormente se interpuso una acción de amparo constitucional con el mismo argumento y el Tribunal de garantías, en la Resolución emitida, denegó la tutela y dispuso que al tercer día se realice la cancelación del salario devengado por el tiempo que trabajó y si correspondía los beneficios de natalidad; 2) Al hacerse uso de la acción de amparo constitucional con los mismos argumentos, se está abusando de esta acción, ya que como lo estableció el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP “1378/2015”, en acciones con identidad de objeto no se puede emitir dos fallos posiblemente contradictorios y no se puede plantear no nueva acción mientras la primera no sea resuelta; puesto que, la reincorporación ya fue denegada; y, 3) La acción interpuesta contra Ricardo Cristhiam Pinell Bejar, es improcedente por falta de legitimación pasiva, ya que dicho servidor público no es el Director de RR.HH.

Ricardo Cristhiam Pinell Bejar, “Director” de RR.HH. del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, mediante informe escrito cursante a fs. 29, señaló que su persona ocupaba el cargo de Jefe de la Unidad de RR.HH., siendo diferentes sus funciones a las del Director de dicha Unidad; por lo que, pide que se notifique a la persona que ocupa el referido cargo.