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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2016-S2

    Fecha: 07-Oct-2016

    II.2.

    II.2.  Por Memorándum 001/2016 de 1 de marzo, Manuel Baldiviezo Chauque, Director de Seguridad Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, comunicó a Carmelo Abrego Gallardo -hoy accionante-, que a partir de esa fecha prestaría sus servicios como representante legal y tramitador ante sustancias controladas, en trámites de combustible (gasolina) (fs. 10).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La identidad de sujetos, causa y objeto en la acción de amparo constitucional
    • a) de sujetos:
    • añadió que también es aplicable esta causal: ‘…en los casos en que exista identidad parcial de sujetos, esto es que el sujeto activo o pasivo sean diferentes, pero que el motivo y el propósito del recurso sea el mismo respecto a una problemática anteriormente planteada y sobre la cual la justicia constitucional ya emitió pronunciamiento en el fondo, puesto que conforme a lo sostenido en la Sentencia Constitucional en último término citada, la disposición responde al fin de optimizar la operatividad de los administradores de justicia y a evitar la duplicidad de fallos en causas ya resueltas…’.
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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