SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
a)
Solicita se conceda la tutela disponiendo: a) La nulidad de la RA 007/2015 artículos Primero, Segundo, Cuarto, Quinto y Sexto de la parte resolutiva; y, la RA 005/2015, quedando en consecuencia, vigente y subsistente en sus efectos, el Contrato Administrativo de Obra GAMSH-ANPE-O-03/2015; b) En aplicación del art. 106.II del DS 0181, se emita nueva resolución aclarando y rectificando la sanción que le impide participar en otros procesos de contratación; c) Al habérsele cancelado únicamente la cantidad del Bs70 000.- (setenta mil 00/100 bolivianos) del monto total que asciende a Bs197 393,92.-, se disponga el pago de la diferencia a la brevedad posible, señalándose plazo al efecto; y, d) Ante la existencia de indicios de responsabilidad civil, al amparo del art. 39 del Código Procesal Constitucional (CPCo), se estime el monto indemnizatorio por daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- 1)
- a la defensa
- III.3. Los actos comunicacionales como requisito para el ejercicio del derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- MAGISTRADA