Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
MAGISTRADA
[2] Constitución Política del Estado; arts. 115.II y 117.I como garantía, en el art. 137 como derecho fundamental y en el art. 180 como principio procesal; asimismo, los arts. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, reconocen al debido proceso como derecho humano.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- 1)
- a la defensa
- III.3. Los actos comunicacionales como requisito para el ejercicio del derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- MAGISTRADA