SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

2)

2)    Se limitó a señalar que es deber del Director de la investigación el fundamentar la misma y tomar en cuenta los hechos fácticos y las pruebas recolectadas, individualizarlas y otorgarles el valor que considere lícito; dicha afirmación no analizó que la Resolución impugnada no hizo mención siquiera a las pruebas aportadas al momento de la imputación omitiendo su valoración;