SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0987/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.5.
II.5. Cursan notas internas emitidas por el personal administrativo de la empresa Tannery América S.A.; por las cuales dieron cuenta que la medida de la huelga de brazos caídos asumidas por los trabajadores y el sindicato fabril, estaría ocasionando graves perjuicios económicos a la empresa, como el impedir la presentación del informe mensual de la utilización de sustancia controladas, sujeto a una sanción o inhabilitación sobre su uso, el trabajo contable, la elaboración de los estados financieros, las obligaciones tributarias, requerimiento de pago a los proveedores, planilla de sueldos, los productos en elaboración paralizados, daño en los equipos por material y proceso con agentes químicos, descomposición de productos químicos, incumplimiento comercial con clientes nacionales e internacionales, obligaciones tributarias, Inases, Caja de Salud Cordes, AFPs, Lacteosbol, Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, entre otros (fs. 28 a 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.La acción de amparo constitucional frente a las vías de hecho
- vías de hecho
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.4. Análisis del caso concreto
- la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
- CONFIRMAR