SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0987/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
Por consiguiente, se evidenció que, los demandados al haber tomado las instalaciones de la empresa Tannery América S.A. e imposibilitar la entrada de los propietarios, impedir la labor de los trabajadores no sindicalizados de la entidad y poner en riesgo la estabilidad económica de la misma, asumieron medidas o vías de hecho, entendidas como los "...actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales” (SC 0832/2005-R de 25 de julio), de donde se establece la vulneración del derecho a la propiedad privada y al trabajo. La jurisprudencia constitucional en cuando al derecho a la propiedad señaló que todo acto o medida de hecho que involucre privación o limitación arbitraria e ilegal de la propiedad, implica una directa afectación al contenido esencial del referido derecho en sus tres elementos esenciales: uso, goce y disfrute, conforme se tiene en los Fundamentos Jurídicos III.3 del presente fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.La acción de amparo constitucional frente a las vías de hecho
- vías de hecho
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.4. Análisis del caso concreto
- la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
- CONFIRMAR