Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.4.
II.4. Cursa también Conminatoria MTEPS/JDTP 013/16 de 20 de mayo de 2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando; mediante la cual, conmina a Luis Gatty Ribeiro Roca en representación del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, para que proceda con la reincorporación del trabajador Wilfredo Saavedra Cartagena, al puesto que ocupaba a momento del despido, más el pago del 100% de sus salarios y demás derechos que correspondan, en el plazo de tres días hábiles a partir de su notificación. También consta cargo de recepción por el demandado en la misma fecha (fs. 3 a 5).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3. El procedimiento de conminatoria sobre reincorporación laboral en la vía administrativa y su cumplimiento en sede constitucional.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR