SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2016-S1

Fecha: 21-Oct-2016

a)

Solicitaron se conceda la tutela que brinda la presente acción de amparo constitucional; y, en consecuencia disponga: a) Declarar nula la Resolución de 3 de noviembre de 2015, que rechazó in límine la recusación planteada, así como la de 16 del mismo mes y año, que resolvió la complementación y enmienda; y, b) Que la autoridad jurisdiccional se pronuncié en forma expresa sobre el fondo de la demanda incidental de recusación.

Marina Montaño vda. de Camacho -tercera interesada- a través de su abogado en audiencia manifestó que: a) Según el principio de la verdad material de la relación fáctica se tiene que los accionantes solicitaron se declare nula la “Resolución” que corresponde al cargo del oficio de la remisión del Auto interlocutorio definitivo enviado por el Tribunal Agroambiental de 21 de octubre de 2015; y, b) No se puede verificar el principio de inmediatez y subsidiariedad, debido a que el “Auto definitivo” fue dictado y resuelto por una autoridad del Tribunal Agroambiental que no es demandada en la presente acción de amparo constitucional.