SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2016-S3

Fecha: 04-Oct-2016

a)

Los accionantes a través de su representante ratificaron los términos expuestos en su memorial de acción de libertad y ampliándolos, indicaron que: a) La presente acción de defensa fue dirigida contra Waldo Mollo Parihuancollo, quien fue legalmente notificado, y en realidad esa autoridad no conoce la causa sino Rainer Choque Villegas, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, contra quien no se interpuso dicha acción tutelar “En un marco ético, no correspondería tutela alguna con relación a la citada autoridad, sino más bien contra el Dr. Javier Aguirre Alanes quien es el Juez de la Localidad de Poopó…” (sic); b) El 8 de julio de 2016, la Secretaria del Juzgado informó de manera textual y dijo “…el Juez ha pedido permiso sin goce de haberes hoy en la tarde y el Juez Suplente ha decido porque tiene otras audiencias que su audiencia va ser el siguiente viernes y no lo puedo notificar a usted como abogado, porque se me ha encargado que se notifique personalmente…” (sic); c) Jamás fue instalada la audiencia ni por el Juez titular que pidió permiso para no atender este proceso; asimismo, el Juez suplente que cambió los argumentos “…ahora ya no es que tenía otras audiencias (…) en el informe que se ha presentado no se menciona lo argumentos que se mencionan (…) aquí los argumentos es que no tenía para la movilidad el Juez dice para la realización de dicha audiencia requiere traslado en movilidad y siendo que el Juzgado Mixto en Poopó no cuenta con el mismo y solo se usa el transporte que no es constante…” (sic); y, d) El Tribunal Constitucional Plurinacional sentó el principio de ama quella -no seas flojo- a través de la “…Sentencia No. 764/2012 de 13 de agosto de 2012…” (sic), que como principio constituye una aspiración de conducta; en ese entendido, todos los operadores de justicia deben actuar en estricta sujeción a los mismos, cuya inobservancia debe ser severamente sancionada, como ocurren en el presente caso.