SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S3

Fecha: 19-Oct-2016

a)

Juan Yujra Mamani, Notario de Fe Pública 4 de la Capital, mediante su abogado en audiencia, señaló que: a) No se estableció su supuesta participación en el avasallamiento en calidad de Notario, respecto a que hubiera arrancado cercos y plantas, dado que la única facultad que tuvo en el lugar, es dar fe de lo que vió; b) No vulneró en ningún momento el derecho al debido proceso, porque no necesita una orden judicial para hacer inventarios, simplemente puede hacerlo a pedido de parte; y, c) No ingresó a la propiedad de una tercera persona, que  demuestre su título, solo verificó el mandamiento de desapoderamiento y la relación con el inmueble.