SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1150/2016-S3
Fecha: 24-Oct-2016
Título de Maestría debe ser de Universidades Públicas y/o reconocido por el Sistema de la Universidad Boliviana
Ahora bien, el accionante considera como vulnerados los derechos invocados dentro de la actual acción tutelar, debido a que las autoridades codemandadas al momento de declarar improcedente su impugnación mediante la Resolución C.E.P. 313/2016, no interpretaron correctamente el art. 1 de la Resolución I.C.U. 040-2016 que estableció: “Instruir a la Corte Electoral Permanente que, para la inscripción y habilitación de candidatos al Claustro Universitario se debe exigir el Título de Maestría en el marco de los Artículos 36° inciso d), 41°, 59° inciso d) y 77° inciso d) del Estatuto Orgánico de la U.A.G.R.M. y Artículos 2.d), 3.d) y 4.d) de la Convocatoria a Claustro N° 02/2016, aprobada mediante Resolución I.C.U. N° 022/2016 de 6 de abril de 2016; aclarándose que el Título de Maestría debe ser de Universidades Públicas y/o reconocido por el Sistema de la Universidad Boliviana” (sic [las negrillas son agregadas]), puesto que el título de maestría presentado por el tercero interesado no procede de una universidad pública reconocida por el Sistema de la Universidad Boliviana.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada acerca de la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- excepto en materia que corresponda al ámbito de la jurisdicción y competencia del Tribunal de Justicia Universitaria.
- Título de Maestría debe ser de Universidades Públicas y/o reconocido por el Sistema de la Universidad Boliviana
- CONFIRMAR