SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2016-S3

Fecha: 27-Oct-2016

a)

La parte accionante ratificó los términos de la acción de libertad, y ampliándolos señaló que: a) La demandada no cumplió con lo previsto en el art. 94.I.1 y 5 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que establece sus funciones; b) Las fojas del expediente están sobre marcadas, los decretos salen con una fecha pero no se los puede ver; y, c) Hasta ese día no encontraron en el cuaderno que se haya aparejado el memorial de recusación de la demandada, ni la providencia al mismo, emitiéndose la Resolución 253/16 de 8 de agosto de 2016, en la que la Jueza Pública de Familia Décima de la Capital del departamento de La Paz dispone no allanarse a la recusación, a la cual tampoco se pudo tener acceso, lo que va en desmedro de la menor de edad.