Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2016-S3
Fecha: 27-Oct-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiéndose que la demandada cumpla con el deber y la función de labrar las actas de 2 de agosto de 2016, conforme al tenor de la cinta magnetofónica, desglosar los “CD’s” para su remisión a “IITCUP” y a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC); y, costurar los escritos de 2 y 3 de igual mes y año presentados por su parte, así como obtener las correspondientes copias del expediente, ya que de la defensa que efectúe depende la vida e integridad de la menor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Según la SCP 0264/2014 de 12 de febrero, es posible tutelar el derecho a la vida e integridad mediante una acción de libertad no operando la excepción de subsidiariedad.
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- no tienen legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos, salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial (…)
- Fragmento 14
- establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
- CONFIRMAR