Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2016-S3
Fecha: 27-Oct-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La presente acción de libertad no tiene el mismo objeto para su juzgamiento constitucional que otras incoadas y tramitadas ante la justicia constitucional, que resguardan los derechos a la vida y a la salud de la menor, quien se encontraba desaparecida hasta el 2 de agosto de 2016, víctima del delito de trata y tráfico de personas por parte de una organización criminal, encontrándose en peligro su integridad física, puesto que no se ejecutan los fallos constitucionales; empero, en esta acción de defensa se tiene otro sujeto pasivo, y no pretende el cumplimiento de otros fallos constitucionales, siendo que los actos que se someten a la justicia constitucional son otros.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Según la SCP 0264/2014 de 12 de febrero, es posible tutelar el derecho a la vida e integridad mediante una acción de libertad no operando la excepción de subsidiariedad.
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- no tienen legitimación pasiva para ser demandados por cuanto no son los que asumen determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos, salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial (…)
- Fragmento 14
- establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
- CONFIRMAR