SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2016-S3

Fecha: 28-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 6 de mayo de 2015, suscribieron con los ahora demandados un contrato de arrendamiento de un departamento independiente por un canon mensual de          Bs3 000.- (tres mil bolivianos) más una garantía del mismo monto, estableciendo en su Cláusula Octava, la obligación de los nombrados de dar aviso de “desalojo” con dos meses de anticipación; empero, un año después, el 13 de mayo de 2016 al retornar de un viaje se percataron de que en su vivienda las chapas fueron cambiadas, impidiéndoles su ingreso; pero, conciliaron y no hubo mayor trascendencia; sin embargo, un mes después y sin previo aviso ni proceso alguno, les fueron cortados los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, vulnerando de esta forma sus derechos, más aun cuando un día después; es decir, el 14 de junio del mencionado año, los mismos pusieron candados a las puertas del inmueble, no permitiéndoles su entrada.

Al haber restringido los ahora demandados de manera absoluta el acceso a los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, y pretendiendo desalojarles definitivamente, es que recurren a la presente acción de defensa, solicitando la tutela de sus derechos fundamentales al existir medidas de hecho que requieren protección inmediata.