El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente Voto Disidente a la DCP 0138/2016 de 15 de noviembre, respecto al análisis y decisión, de los arts. 1, 19, 36.23, 47.8, 48.I.49, 50 y 131, dentro del control previo de constitucionalid
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente Voto Disidente a la DCP 0138/2016 de 15 de noviembre, respecto al análisis y decisión, de los arts. 1, 19, 36.23, 47.8, 48.I.49, 50 y 131, dentro del control previo de constitucionalid

Fecha: 15-Nov-2016

II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías

La plurinacionalidad establecida como base del nuevo modelo de Estado,  de acuerdo al art. 1 de la Constitución Política del Estado (CPE), implica por una parte el pluralismo político, económico, jurídico, cultural; es decir, el reconocimiento de las formas de vida de todas y todos sus habitantes, y sus respectivos sistemas de organización social, económico, político, jurídico y cultural; tomando en cuenta que el art. 3 de la CPE, dispone que: “La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano”.