Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2016
Fecha: 08-Nov-2016
I.2. Admisión y citaciones
Por AC 0299/2015-CA de 10 de agosto (fs. 21 a 25), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió el recurso directo de nulidad, interpuesto por Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, disponiendo la citación de las autoridades recurridas, misma que se cumplió el 26 octubre de 2015 (fs. 41).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- Fragmento 6
- I.4. Trámite Procesal
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- autoridades y servidores públicos podrán ejercer únicamente aquellas facultades y/o atribuciones que expresamente les reconoce el ordenamiento constitucional y legal
- III.2. Marco normativo referente a las competencias establecidas al nivel central y al gobierno autónomo municipal en el ámbito de educación
- educación
- (Nivel Autonómico).
- III.3. Análisis del caso concreto
- FUNDADO