SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

Fragmento 13

Advirtiéndose en el presente caso que es perfectamente aplicable el razonamiento constitucional glosado en el Fundamento Jurídico III.1 de la  actual Resolución, en el sentido de que cuando el accionante, hubiese incoado con anterioridad la misma acción, con idéntico propósito y por iguales motivos, aunque contra distintas autoridades, la jurisdicción constitucional se encontrará impedida de ingresar a conocer y solucionar el fondo de la problemática planteada, ya que existiría cosa juzgada constitucional con identidad parcial de sujetos procesales; puesto que en el caso concreto Claudio Andrés Stuart, interpuso actualmente y con anterioridad acciones de libertad de pronto despacho, requiriendo la tutela de su derecho a la libertad y del principio de celeridad procesal como elemento del debido proceso, con el argumento de que las autoridades demandadas a su turno, no resolvieron dentro las 24 horas establecidas por el Decreto Presidencial 2437, la homologación de la Resolución de Amnistía 003/2015, emitida a su favor; lo que nos da a colegir que el demandante de tutela, plateo las anteriores acciones y la presente acción de libertad, con idéntico objeto y causa, variando únicamente las autoridades demandadas; por lo que no corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, disipar nuevamente la problemática de fondo, al haberse emitido ya un pronunciamiento expreso sobre un mismo problema jurídico resuelto en la SCP 0708/2016-S3, ya que de hacerlo nuevamente, incurriría en una innecesaria e irregular duplicidad de fallos con igual asunto.