SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

II.1.

II.1.  Mediante contrato individual de trabajo a plazo fijo 093/2015 de 16 de julio, consta que efectivamente Santiago Vargas Beltrán y Efraín Balcera Flores, Presidente y Concejal, respectivamente, del Concejo Municipal de Sucre y Hugo Soliz, suscribieron un contrato, para que éste último cumpla de manera provisoria las funciones de Coordinador de la Contraloría en dicho Órgano Legislativo, desde la mencionada fecha hasta el 18 de diciembre de 2015, con un haber mensual de Bs7 007.- (Siete mil siete bolivianos) (fs. 1).